UTILIZACIÓN DE LOS QUINCHOS Y
ESPACIOS COMUNES EN ACTIVIDADES SOCIALES
Se informa que según la Acuerdo
de Asamblea Ordinaria de Copropietarios del día 05 de Diciembre, del Reglamento
Interno de Convivencia y Reglamento de Copropiedad (todos publicados y dados a
conocer en entrega de departamentos, asambleas, blog, mural de garita de guardias,
etc), hace referente a lo siguiente, el uso de este espacio común se regulara
de acuerdo a la siguiente pauta:
Uso de
Quincho para Asados
a) Solicitar
con anticipación,
en portería dejando el registro correspondiente a quincho A o B. El cual la
autorización de su uso será informado por el comité de administración o el
administrador en su caso, dependiendo del gasto común al día, la cual será
informada por citofono, además de dejar
una Garantía de $ 5.000 pesos, para efectos de limpieza si es que no se
hace responsable el copropietario (bajo entrega de mesas, pisos, y limpiar área
de quincho).
b) El
tiempo de uso es de 4 horas.
c) Es
obligación del Copropietario de
dejar limpio y ordenado.
d) No
se permiten copropietarios o invitados en estado etílico.
e) El
copropietario e invitado deberá respetar el horario de uso del espacio en los
siguientes horarios:
Domingo a
jueves 10:00 a 00:00
Viernes y
sábados y día previo al festivo de 09:00 a 02:00 hrs.
f) El
uso de los baños deberá ser implementado por el copropietario.
g) El
número máximo para usar el quincho será de 20 personas. (Excepcionalmente en
caso de cumpleaños se podría ampliar el número de invitados hasta 30).
h) Se
debe dejar una nómina de invitados
en portería (ya que será la única forma de poder corroborar el invitado, ya que
el copropietario no está en el departamento para corroborar por citofono la
información).
i)
El uso de quinchos es de exclusividad para los copropietarios, no se facilitara su uso si el
copropietario no participa de la actividad.
Respecto de Actividades Sociales Masivas
j) Se
clasifica como actividad masiva todo evento social que sobrepase la cantidad de
15 personas y/o instalación de cualquier otro tipo de implementación en los
espacios comunes para su regulación se estipula:
La utilización de los quinchos y de otro espacio en
común para actividades sociales masiva, debe cumplir con el máximo de invitados
estipulado anteriormente (30 invitados) (cumpleaños infantil, baby shower, cena
de cumpleaños, etc). Se facilitara este espacio en común, para este tipo de
actividad, solo en uso de exclusividad para los niños y copropietarios
pertenecientes al condominio y estén registrados en la ficha oficial entregada
en la garita de los guardias. Previo el llenado de una solicitud la cual debe
ser solicitada a través de correo electrónico o llenado manual, la cual se
encontrara en la garita de los guardias. Para evitar que se haga mal
utilización de este espacio en común (Arrendar o prestar este espacio a
personas externas). Su aprobación estará sujeta a evaluación si cumple con los requisitos antes
mencionados, dejando una Garantía de $
15.000, que se hace efectiva si no dejase limpio el área.
PARA ESTE
TIPO DE ACTIVIDADES LOS CUAL ESTAN REGIDOS POR EL REGLAMENTO ANTERIORMENTE
MENCIONADO SE AGREGAN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
CONDICIONES:
1. Música o amplificación a nivel
moderado.
2. Dejar ordenado y limpio el área
de Quincho, revisar áreas verdes, piscina sector de juegos, que no hayan residuos
de envoltorios u otros objetos utilizados en el cumpleaños.
3. Si algún invitado daña algún
inmueble perteneciente al área común o de algún copropietario debe responder.
4. Respetar el horario acordado y
reglas de convivencia, moral y buenas costumbres.
5. Cualquier accidente por utilización
de juegos en arriendo es de exclusiva responsabilidad del copropietario que los
contrata.
6. El incumplimiento del reglamento
y estas condiciones quedara sujeto a una multa desde 0,5 UTM.
SE PROHIBE EL USO DE PISCINA PARA ESTE TIPO DE ACTIVIDADES.
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