martes, 1 de diciembre de 2015

Informativo Seguro


INFORMATIVO SEGURO AREAS COMUNES

Estimados Copropietarios:

Según lo estipulado por  la ley de copropiedad Nº 19.537 establece en el artículo 36 título III, establece que Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros como incendio, terremotos, etc.
Es decir todo departamento con su proporción de bienes comunes debe estar asegurado ya sea en forma individual o bien como parte del seguro colectivo.

Debido a lo informado anteriormente a la asamblea sobre que el primer seguro no estaba cumpliendo los requerimientos mínimos en el momento de contratarlo, estabas cayendo en un infraseguro, ya que el seguro se había tomado por un valor promedio de los departamentos el cual fue dividido en 125, y no tomando los metros cuadrados a asegurar.
¿Qué Significa Infraseguro?: Existe cuando el monto asegurado no coincide con el valor del objeto, siendo la cantidad asegurada inferior al valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro. En este caso se aplica la regla proporcional o prorrateo entre la cantidad asegurada y la que no lo esté.” El siguiente ejemplo ilustrará lo anteriormente indicado: si un bien que vale $100.000  se asegura contra el riesgo de incendio por un valor de $50.000 (hay, en tal caso, infraseguro), en el supuesto de que se produzca un siniestro en virtud del cual quede destruida la mitad del mismo, la entidad (en virtud de la regla proporcional) sólo indemnizará en $25.000 (la mitad del capital asegurado)” En caso contrario en que la cantidad asegurada excede del valor del objeto asegurado al momento del siniestro.
Es decir que la compañía estaba asegurando solo un 40 %  y el otro 60% lo deberíamos cubrir los copropietarios en el gasto común.
Por lo tanto se decide a cotizar de la manera que corresponde: Evaluado por un Arquitecto, Planos y con la recepción definitiva del condominio que da los metros cuadrados construidos

Cotización:

COBERTURA INCENDIO Y SISMO
COMPAÑÍA
VALOR BRUTO UF
10 CUOTAS DE UF
APROX. EN $
MAPFRE
364,83
37,58
$ 955.082
BCI SEGUROS
376,59
38,30
$ 973.425
MAGALLANES
558,10
58,82
$ 1.495.084
PENTA SECURITY
477,99
49,66
$ 1.262.255

 Dado los valores anteriormente el comité decide tomar la primera opción, MAPFRE.
Ya que todos los seguros cotizados tienen la misma cobertura.

Propuesta: Este es un Resumen de lo más relevante el que dese verla completa puede solicitarla al correo

Propuesta de Seguro de Incendio para Espacios Comunes y Unidades comunidades de edificio.

Propuesta de Seguro de Incendio para Espacios Comunes y Unidades comunidades de edificio
Nombre Comunidad Asegurada
CONDOMINIO DOÑA MARGARITA
RUT Comunidad
4
53323131
Vigencia
(Anual)
08-10-2015
Ubicación del Riesgo
Santiago Arata 4075
Comuna
arica
Región
XV De Arica y Parinacota
N° de Departamento (Unidades) cotizados
0
N° de Departamento (Unidades) con Asistencia Hogar
0
N° de Torres (Edificios) cotizados
6
N° de Torres (Edificios) con asistencia Condominio
0
Detalle Montos Asegurados
Monto Asegurado Edificio Unidades
UF
0
Monto Asegurado Edificio Espacios Comunes
UF
202798
Monto Asegurado Contenidos Espacios Comunes
UF
0
Total Monto Asegurado Incendio y Adicionales
UF
202.798
Total Monto Asegurado Terrrorismo
UF
0
CONDICIONES PARTICULARES
Materia Asegurada: Bienes de dominio común exclusivamente habitacionales
Se entiende por Bienes de Dominio Común lo siguiente:a) Los que pertenezcan a todos los copropietarios por ser necesarios para la existencia, seguridad y conservación del condominio, tales como terrenos de dominio común, cimientos, fachadas, muros exteriores y soportantes, estructura, techumbres, ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas, así como todo tipo de instalaciones generales y ductos de calefacción, de aire acondicionado, de energía.
b) Aquellos que permitan a todos y a cada uno de los copropietarios el uso y goce de las unidades de su dominio exclusivo, tales como terrenos de dominio común diferentes a los indicados en la letra a) precedente, circulaciones horizontales y verticales, terrazas comunes y aquellas que en todo o parte sirvan techo a la unidad del piso inferior, dependencias de servicio comunes, oficinas o dependencias destinadas al funcionamiento de la administración.
c) Los terrenos y espacios de dominio común colindantes con una unidad del condominio, diferentes a los señalados en las letras a) y b) precedentes.
d) Los bienes muebles o inmuebles destinados permanentemente al servicio, la recreación y el esparcimiento comunes de los copropietarios.
e) Aquellos a los que se les otorgue tal carácter en el reglamento de copropiedad o que los copropietarios determinen, siempre que no sean de aquellos a que se refieren las letras a), b), c) y d) precedentes.
Materia Asegurada en Departamentos o Casa habitación: Edificios y anexos de construcción sólida y de uso exclusivamente habitacional, lo que incluye rejas, portones, cierros, veredas, pavimentos, piscinas, quinchos, bodega y garaje si las hubiere, además de los muros de contención y conexiones a la red de servicios públicos hasta la suma de lo contratado en póliza., No se cubren techados construidos de estructuras livianas o materiales combustibles, como por ejemplo, pajas o coirón.
Conforme a la ley N° 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria, quedarán cubiertos también los bienes o espacios comunes del condominio que colinden directamente con la propiedad asegurada por el contratante siempre y cuando su valor se encuentre incluido en el monto asegurado.

COBERTURAS: Según Condiciones Generales de Póliza de Seguro Incendio aprobadas por la SVS bajo el código POL 1.2013.0907 y
as cláusulas adicionales que se indican:

Condicionado de Incendio POL 1.2013.0907
CAD 1.2013.1172 Cláusula de incendio y daños materiales causados por avalanchas y deslizamientos.
CAD 1.2013.1171 Cláusula de daños materiales causados por aeronaves.
estanques matrices. Sublímite Rotura de flexibles UF 100 por riesgo, por evento y agregado anual, tanto para
departamento como espacios comunes si corresponde.
CAD 1.2013.1144 Cláusula de colapso de edificio.
CAD 1.2013.1147 Incendio y daños materiales causados por combustión espontánea.
CAD 1.2013.1158 Cláusula de daños materiales causados por construcción o demolición de edificios colindantes.
CAD 1.2013.1159 Cláusula de daños materiales causados por erupción volcánica.
CAD 1.2013.1180 Cláusula de daños materiales por explosión.
CAD 1.2013.1160 Cláusula de incendio y daños materiales a consecuencia directa de huelga, saqueo desorden popular.
CAD 1.2013.1161 Inhabitabilidad de inmueble, Sólo para ubicaciones de uso Habitacional
CAD 1.2013.1162 Cláusula de incendio y daños materiales causados por maremoto, tsunami y marejada.
CAD 1.2013.1165 Cláusula de daños materiales causados por peso de nieve o hielo.
CAD 1.2013.1167 Cláusula de incendio y daños materiales por sismo.
CAD 1.2013.1169 Cláusula de daños materiales causados por colisión de vehículo
CAD 1.2013.1170 Cláusula de incendio y daños materiales causados por viento, inundación y desbordamiento de cauces


Al realizar el cálculo del costo del gasto común utilizando como ejemplo el gasto común de noviembre este subiría en promedio 3 mil pesos exceptuando, a los departamentos más grandes cuyo valor subiría aproximadamente 4 mil pesos.

Necesitamos que estén informados ya que en la asamblea, se discutirá el tema, ya que es responsabilidad de todos contar con un seguro que cubra nuestras necesidades.