Buenos días: mediante este medio quiero plantear un tema que no fue abordado en la pasada asamblea. El Comité de Administración, a través de un aviso ubicado a la entrada del condominio, ha restringido el horario de uso de la piscina argumentando el inicio del año escolar. Al respecto quisiéramos hacer 2 observaciones: - Las normas sobre el uso de la piscina, como la implementación de las pulseras o la prohibición de uso en actividades masivas, fueron votadas en Asamblea. Sin embargo, en este caso el Comité decidió sin consulta a los copropietarios (favor corregirme si estoy equivocado). Cabe preguntarse entonces cómo se definen las atribuciones del Comité, en esta y otras materias. - El acceso de menores a la piscina es responsabilidad de los padres, y esto ya se encuentra regulado por normas anteriores. Por otra parte, quienes no tienen hijos en edad escolar no deberían por qué verse restringidos en el acceso a la piscina. Agradeciendo la acogida, les saluda atentamente,
Buenos días: mediante este medio quiero plantear un tema que no fue abordado en la pasada asamblea. El Comité de Administración, a través de un aviso ubicado a la entrada del condominio, ha restringido el horario de uso de la piscina argumentando el inicio del año escolar. Al respecto quisiéramos hacer 2 observaciones:
ResponderEliminar- Las normas sobre el uso de la piscina, como la implementación de las pulseras o la prohibición de uso en actividades masivas, fueron votadas en Asamblea. Sin embargo, en este caso el Comité decidió sin consulta a los copropietarios (favor corregirme si estoy equivocado). Cabe preguntarse entonces cómo se definen las atribuciones del Comité, en esta y otras materias.
- El acceso de menores a la piscina es responsabilidad de los padres, y esto ya se encuentra regulado por normas anteriores. Por otra parte, quienes no tienen hijos en edad escolar no deberían por qué verse restringidos en el acceso a la piscina.
Agradeciendo la acogida, les saluda atentamente,
Denisse Bahamondes / Sergio Lara
D-33